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“Odebrecht debe pagar al menos USD 137 millones”: Flores PDF Imprimir E-Mail

El representante de los constructores afirma que lo ofrecido es insuficiente

Los USD 43 millones ofrecidos por la empresa Odebrecht, a través de un fideicomiso, para cubrir los daños, premio devuelto y daños ocasionados en la Central Hidroeléctrica San Francisco son muy insuficientes ya que estos superan –exceptuando algunos rubros- los USD 137,5 millones, asegura el presidente de la Cámara de la Construcción de Quito, Hermel Flores.

Los daños encontrados en la Central Hidroeléctrica San Francisco son de responsabilidad total del consorcio contratista ya que realizó la obra bajo la modalidad de contrato EPC o “llave en mano”. Por esto el directivo detalla en forma técnica los trabajos y las cifras que aún no se han tomado en cuenta:
1) El valor total del lucro cesante debe ser determinado de acuerdo a los registros existentes sobre la suspensión de la generación, lo que ha obligado a la paralización de la generación de la central, considerando lo siguiente:
a) Del 14 al 16 de noviembre de 2007 se suspendió la generación para la inspección de la turbina No. 2 que presentó una fisura de 5 cm en el rodete.
b) El 3 de abril del 2008 se detectó una fisura de 30 cm en la misma turbina. Esto determinó la paralización de la central durante 10 días.
La incidencia total de los daños en la generación y que sirven para determinar el lucro cesante real, debe ser determinada observando un cuadro acerca de la  generación desde noviembre de 2007 hasta el seis de junio de 2007, el cual debería ser entregado por Odebrecht. 
En vista de que la reparación durante este año será solo parcial, se debe considerar también el lucro cesante adicional de acuerdo a lo siguiente:
a) Tiempo que demande la reparación de daños para el próximo año.
b) Tiempo que demande la ejecución de todas las obras requeridas para asegurar el funcionamiento adecuado de la central y que garantice la vida útil de al menos 50 años que debe tener esta central.
En la determinación de los valores del lucro cesante por energía no generada, debe tomarse en cuenta el valor real de la energía de sustitución, observando el tipo de generación utilizado.
a) El consorcio contratista debe reconocer a Hidropastaza el valor presente  adicional que representa el mantenimiento más frecuente por la antitécnica utilización de turbinas de alta velocidad de rotación, durante el tiempo de vida útil de la central.
b) La empresa contratista debe asumir todo el costo de las reparaciones y la ejecución de obras que aseguren el funcionamiento óptimo de la central durante toda su vida útil (50 años).
c) El consorcio debe reconocer los valores que debe cubrir por el pago a técnicos, personal administrativo y demás costos por los arreglos de daños y ejecución de obras que aseguren la eficiencia de la central.
d) Odebrecht debe devolver los USD 13 millones de prima cancelados por aceleramiento de la obra.
Por lo expuesto, la garantía de USD 43 millones ofrecida por Odebrecht no es suficiente, lo que debe insistirse es que la empresa -además de pagar los valores correspondientes a lucro cesante y otros costos- debe responsabilizarse por la ejecución de las obras que aseguren el buen funcionamiento de la central por 50 años sin la necesidad de una auditoría internacional como la empresa propone.
No es posible todavía cuantificar los valores totales para reparación de los daños de las obras de la central porque todavía no se ha concluido la revisión de las mismas, como es el caso de la tubería de presión ni Hidropastaza ha definido con entera claridad el plan de obras emergentes y definitivas para disponer de la Central San Francisco en adecuadas condiciones técnicas para operar durante los próximos 50 años.
Sin embargo inicialmente se deben considerar los siguientes valores:
1) Reducción de la generación por mal funcionamiento, inspecciones, mantenimiento y  reparaciones de la turbina No. 2 desde noviembre de 2007, cuando se detectaron daños en la unidad mencionada, hasta el seis de junio de 2008:
210 MW x 6 meses x 30 días x 24 horas x 0.05 $/kWh x 0.2 x 0,97 x 1.000 = USD 8’799.840.
2) Lucro cesante de la paralización de la central desde el seis de junio hasta el  cuatro de octubre de 2008:
210 MW x 120 días x 24 horas x  0.97 x  0.05 $kWh x 1.000 = USD 29’332.800.
3) Lucro cesante por la paralización de la central para la reparación definitiva en 2009:
210 MW x 120 días x 24 horas x  0.97 x  0.05 $kWh x 1.000 = USD 29’332.800.
4) Costos de las reparaciones estimadas por el Fondo de Solidaridad:
$ 25’000.000.
5) Lucro cesante por la mayor frecuencia en reparaciones de las turbinas para los próximos 50 años de vida útil de la central a una tasa del 5% anual.
$ 44’624.000.
6) Costos de asesoría técnica y gastos administrativos de Hidropastaza y el Fondo de Solidaridad
US $ 500.000
Con base en estos valores, el daño ocasionado por Odebrecht y los responsables de los daños causados alcanza un valor total de USD 137’589.440, sin considerar los pagos que han sido cuestionados, el valor por la pérdida de eficiencia por el desgaste de las turbinas, los costos de reparaciones futuras ni el diferencial por consumir la más cara energía termoeléctrica cuando deje de producir San Francisco.

 
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