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OBJETIVOS DE LA CÁMARA DE LA CONSTRUCCIÓN DE QUITO La Cámara tendrá las siguientes finalidades: a) Vincular a los Constructores y a las Empresas dedicadas a la misma actividad, desde el punto de vista económico, social, comercial y profesional, creando entre ellos lazos efectivos de solidaridad b) Estimular, apoyar y fomentar el desarrollo de la construcción y de sus empresas conexas y derivadas; c) Propender al mejoramiento y tecnificación de los sistemas de construcción; d) Presentar al Gobierno Nacional, Organismos del Estado, Entidades Públicas, Semipúblicas o Privadas, que tengan relación con la Industria de la construcción, las necesidades y aspiraciones de la misma, sus actividades conexas y derivadas y defender dichas aspiraciones; e) Ejercer el derecho de petición ante los Organismos Legislativo y Ejecutivo, con miras a la expedición de Leyes y Disposiciones que beneficien a la industria de la construcción y a la modificación de Leyes que la afecten; f) Organizar obligatoriamente a todos los constructores, entendiéndose como tales a los señalados en el Art. 2º de la Ley de las Cámaras de la Construcción de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 4 de la Ley; g) Prestar a sus miembros, a través de sus departamentos, asistencia e informe en todos los asuntos relacionados con sus actividades específicas; h) Mantener relaciones con todos los organismos nacionales e internacionales afines a la industria de la construcción; i) Elaborar la nómina y correspondiente estadística de que se habla en el Art.8 de la Ley de las Cámaras de la Construcción; j) Servir, a través del Centro Nacional de Arbitraje y Mediación CENAMACO, en mediaciones, peritajes y/o arbitrajes. k) Ejercitar sus buenos oficios en asuntos sometidos a la Cámara y que tengan que ver con la actividad de la construcción; l) Servir de intermediario entre sus afiliados a fin de evitar la competencia desleal o ruinosa; fomentar acuerdos entre los afiliados que tengan actividades similares o conexas y allanar las diferencias que pudieren presentarse entre ellos. Para el cumplimiento de este fin, la Cámara deberá expedir un Código de Ética en la práctica profesional; m) Preparar estadísticas relativas a la producción, distribución y consumo de los elementos relativos a la construcción y a sus actividades conexas y procurando además la normalización. La Cámara gestionará ante el INEN la normalización de los insumos de la construcción; n) Publicar periódicamente, boletines de precios que orienten y sirvan de base para la actividad de los constructores, procurando su reconocimiento oficial a nivel nacional; o) Celebrar Congresos, Ferias, Reuniones, Exposiciones, etc., que interesen a la construcción; p) Asesorar y respaldar a sus afiliados miembros en las relaciones contractuales; inherentes a la construcción; q) Estimular y apoyar el desarrollo de toda iniciativa que tienda a la preparación técnica y educativa en lo relacionado con la industria de la construcción y formación de Escuelas e Institutos para tal objeto; r) Exigir el fiel cumplimiento de la Ley de Contratación Pública y más cuerpos legales relacionados con la construcción; s) Formar parte de asociaciones, corporaciones, sociedades o similares que persigan fines de beneficio social o público relacionados con la actividad de la construcción; t) Ser parte de los cuerpos directivos de los organismos que tienen que ver con la industria de la construcción; u) Dotar de beneficios sociales que favorezcan a sus asociados; v) En general, conseguir y mantener todos los medios que tiendan al mejoramiento de la industria de la construcción en el país.
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