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Arbitraje PDF Imprimir E-Mail

La Ley de Arbitraje y Mediación lo define como un mecanismo alternativo de solución de conflictos al cual las partes pueden someterse de mutuo acuerdo para dirimir las controversias susceptibles de transacción. Entre las ventajas que presenta esta figura podemos mencionar las siguientes:

  •  CELERIDAD, ya que los Arbitros tienen el término de 150 días para expedir el laudo o sentencia
  • ESPECIALIZACION DE LOS ARBITROS, en vista de que los árbitros son expertos en el área de la construcción, contratación pública y privada. 
  • CONFIDENCIALIDAD, elemento que garantiza a las partes que todas las diferentes actuaciones que se lleven adelante durante un proceso arbitral se mantendrán en reserva, cuidando de esta forma el buen nombre de las partes.
  • ECONOMIA, vista como una ventaja por el costo-beneficio que implica el resolver un conflicto en un plazo reducido, sin tener que dejar obras inconclusas o contratos suspendidos en el tiempo.
  • IMPARCIALIDAD, que garantizan los Arbitros por su elevada calidad ética y profesional y que cuentan con la independencia necesaria para basar sus resoluciones en criterios objetivos.
  • LAUDOS DEFINITIVOS Y VINCULANTES, ya que los fallos dictados por Arbitros tienen la calidad de una sentencia de última instancia y en caso de incumplimiento, la parte interesada puede ejecutarla de la misma manera como se ejecuta una sentencia judicial ejecutoriada.
 
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